La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha decidido no investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, ni a otros altos cargos relacionados con la gestión de la dana que afectó a la Comunitat Valenciana. Esta resolución se produce tras la desestimación de un recurso presentado por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud, que había solicitado la inclusión de estos líderes como querellados en el caso.
El tribunal, compuesto por seis magistrados, ha respaldado la decisión de la jueza instructora, que consideró que no existen pruebas suficientes que vinculen a los investigados con una omisión concreta que pudiera ser considerada como un factor causal en los hechos en cuestión. En su evaluación, la Audiencia destacó que las acusaciones formuladas contra Polo son «genéricas» y carecen de un soporte probatorio claro, lo que limita la posibilidad de continuar con la investigación.
Decisiones sobre la delegada del Gobierno y otros cargos
En lo que respecta a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, la Audiencia también ha desestimado el recurso interpuesto por Vox, que buscaba su declaración como investigada. Los magistrados se basaron en resoluciones anteriores para justificar su decisión, afirmando que las alegaciones presentadas no modifican los razonamientos previos y que no se han presentado elementos que alteren sus conclusiones iniciales.
Además, el tribunal ha abordado la situación de otros tres altos cargos del Centro de Coordinación de Emergencias: el exdirector general de Emergencias y Extinción de Incendios, Alberto Javier Martín; el subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), Jorge Suárez; y la jefa del Servicio de Emergencias, Inmaculada Piles. Según los magistrados, no hay suficiente información que vincule sus acciones a una contribución directa a la toma de decisiones erróneas durante la crisis.
El papel de HazteOir.org en el proceso judicial
La Audiencia ha admitido, sin embargo, el recurso de apelación de HazteOir.org, que había sido excluido del procedimiento como acusación popular. Este grupo, que se ha adherido a la causa, argumentó que su participación como acusación coadyuvante es válida, dado que el proceso ya había sido iniciado por la acusación pública. La sala consideró que no existen razones para desestimar su inclusión, permitiéndoles actuar en el proceso judicial incluso si no tienen relación directa con las víctimas.
En suma, la decisión de la Audiencia de Valencia de no investigar a los altos cargos implicados en la gestión de la dana refleja una clara postura judicial sobre la falta de pruebas concretas en las acusaciones presentadas, subrayando la necesidad de un respaldo probatorio sólido para llevar a cabo investigaciones de este tipo.
