El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha dado a conocer el nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se sitúa en el 2,32% interanual al cierre de 2025. Este dato, publicado el pasado jueves, marca el nivel más alto desde que se inició esta serie en noviembre de 2024.
Este nuevo índice acumula siete meses consecutivos por encima del 2%, comenzando con un 2,29% en noviembre, 2,25% en octubre, y descendiendo mensualmente hasta un 2,10% en junio. Los contratos de alquiler firmados a partir de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán utilizar este índice para la revisión anual de sus rentas.
Detalles del Índice de Actualización
El INE publicará este índice de forma mensual, que servirá como límite para la actualización de los contratos de arrendamiento de vivienda. Este se calcula considerando el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias en las tasas de crecimiento anual de ambos índices. A esto se le aplica un coeficiente moderador, que ha sido definido por la Dirección General de Vivienda y Suelo y la Dirección General de Política Económica, teniendo en cuenta las circunstancias actuales del mercado del alquiler.
Con este índice, se busca evitar incrementos desproporcionados en las rentas de los contratos de arrendamiento. Según la Ley por el Derecho a la Vivienda, el INE debe definir un índice de referencia antes del 31 de diciembre de 2024 para la actualización de los contratos de arrendamiento.
Impacto de la Situación Económica
El incremento del alquiler ha sido significativo en algunas comunidades autónomas como Euskadi, donde se registró el mayor aumento con un 33,59% en 2025. Durante 2024, la actualización de las rentas estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% debido a la crisis de precios provocada por la guerra en Ucrania.
Los contratos firmados antes de la vigencia de la Ley por el Derecho a la Vivienda seguirán actualizando su renta anual utilizando el dato del IPC o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está topado al 2% y nunca podrá ser inferior al 0%. Fuentes del Ministerio de Vivienda han precisado que la revalorización se realizará según lo establecido en cada contrato previamente firmado.
