Reconocen la epicondilitis como enfermedad profesional en Azkoitia

El Juzgado de lo Social único de Eibar ha determinado que la baja por diagnóstico de epicondilitis (comúnmente conocida como codo de tenista) de un trabajador de una empresa de fabricación de fresadoras en Azkoitia corresponde a una enfermedad profesional, según ha informado el sindicato CCOO. Este fallo subraya la importancia de un análisis ergonómico adecuado en los puestos de trabajo, ya que se identificaron posturas forzadas y microtraumatismos causados por el uso de mazas durante operaciones de montaje y desmontaje.

La sentencia también señala que el afectado se vio obligado a manipular una grúa con carro de empuje manual, sin automatización en el desplazamiento, lo que contribuyó a su dolencia. Según el dictamen, la epicondilitis puede ser provocada por «trabajos que requieren movimientos de impacto o sacudidas, así como movimientos repetidos de pronación o supinación del brazo contra resistencia».

Responsabilidad empresarial y normativa laboral

El comunicado de CCOO destaca que, aunque la empresa cumplió con su obligación de enviar el parte de asistencia a la mutua, lo hizo de manera inadecuada, afectando negativamente al trabajador. En el parte de asistencia, la empresa afirmó no tener conocimiento de ningún accidente, ignorando que los movimientos repetitivos y las posturas forzadas pueden conducir a contingencias profesionales.

El sindicato recalca que la empresa realizó valoraciones para las que no estaba preparada, lo que llevó a que el tribunal declarara la existencia de enfermedad profesional a pesar de la deficiente redacción del parte de asistencia. Esta situación pone de manifiesto la necesidad de que las empresas se adhieran a las normativas laborales y de salud ocupacional.

Medidas preventivas y recomendaciones

A raíz de esta resolución, Alfonso Ríos, responsable de Salud Laboral de CCOO, ha instado a las empresas a evitar incluir opiniones en los partes de asistencia que puedan interpretarse como intentos de ocultar patologías profesionales. Ríos enfatiza que las mutuas son las entidades competentes para determinar la naturaleza de los accidentes laborales y que las empresas deben centrarse en su deber principal: implementar medidas preventivas para evitar accidentes y enfermedades laborales.

La sentencia es un recordatorio claro de la importancia de la salud en el trabajo y de la responsabilidad que tienen las empresas para garantizar un entorno laboral seguro. Es esencial que se tomen en serio las recomendaciones y se establezcan procedimientos adecuados para la prevención de enfermedades profesionales.