La Audiencia Nacional obliga a pagar el descanso semanal en finiquitos

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que obliga a las empresas a incluir en el finiquito la parte proporcional del salario correspondiente al descanso semanal devengado en la última semana trabajada. Esta decisión surge de un conflicto colectivo promovido por la CGT, con el respaldo de CCOO y UGT, contra una empresa que excluía este concepto al calcular las liquidaciones finales.

El caso se centra en situaciones comunes como despidos o extinciones de contrato que ocurren un viernes. En estos casos, las compañías suelen abonar únicamente los días efectivamente trabajados de lunes a viernes, omitiendo la retribución de los días de sábado y domingo generados por el trabajo realizado durante la semana. La sentencia se fundamenta en los artículos 37.1 y 26.1 del Estatuto de los Trabajadores, que estipulan que el descanso semanal es retribuido y se devenga día a día, por lo que cada jornada laboral genera, además del salario diario, la parte proporcional del descanso.

La Audiencia Nacional ha declarado que «se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena». Esto incluye tanto la retribución del trabajo efectivo como los periodos de descanso computables como de trabajo.

Además, el fallo condena a la empresa a regularizar mediante liquidaciones complementarias las cantidades omitidas en los finiquitos del último año, sumando un 10% de interés moratorio conforme al artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Aunque la sentencia (SAN 53/2026, de 23 de marzo de 2026) no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, establece un precedente importante para futuras reclamaciones laborales en todo el ámbito estatal.

En la Comunitat Valenciana, esta resolución tiene un impacto significativo especialmente en el 47,6% de los contratos temporales, siendo más notable en las mujeres, donde la cifra alcanza el 52,6%. Este aumento se ha dado en un contexto de incremento del 16,3% interanual, según los últimos datos de marzo proporcionados por el Comité Económico y Social de la Generalitat.

La medida refuerza la importancia de reconocer y remunerar adecuadamente los derechos laborales, garantizando que los trabajadores reciban lo que les corresponde, incluso en situaciones de despido o terminación de contrato. Esta sentencia puede ser un impulso para que más empleados reclamen sus derechos y para que las empresas ajusten sus políticas de liquidación en cumplimiento con la ley.