La declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025-2026 comenzó el pasado 8 de abril, y es crucial que los contribuyentes tengan en cuenta las transferencias realizadas entre particulares a través de Bizum. Este sistema de pago inmediato, que ha ganado popularidad entre los españoles en los últimos años, ahora se encuentra bajo la lupa de la Agencia Tributaria debido a su creciente uso.
Normativa sobre Bizum y su tributación
Con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso a todas las transferencias realizadas mediante Bizum por empresas y trabajadores autónomos sin restricciones. Esto significa que los ingresos obtenidos a través de esta plataforma de pago están sujetos a tributación, y los contribuyentes deberán incluirlos en su declaración de la Renta.
El importe mínimo para enviar dinero a través de Bizum es de 0,50 euros, mientras que el máximo por operación es de 1.000 euros. Para cantidades superiores, se requerirán múltiples envíos, aunque Bizum establece un límite diario de 2.000 euros en operaciones. Esta nueva normativa implica que cualquier transacción queda registrada y accesible para Hacienda, que ahora puede verificar todos los cobros recibidos por empresas, autónomos y comercios sin importar su importe.
Obligaciones fiscales y riesgos de infracción
Es importante destacar que existen obligaciones específicas de declarar los ‘bizums’ relacionados con actividades económicas que generen rentabilidad. Muchos contribuyentes, como autónomos o titulares de negocios, utilizan Bizum como su medio de pago principal. En estos casos, los ingresos obtenidos se consideran rendimientos de actividades económicas y, por lo tanto, deben ser declarados.
Por ejemplo, aquellos que alquilan garajes o trasteros y reciben pagos a través de Bizum también deben declarar estos ingresos, ya que se consideran de la misma naturaleza que las transferencias bancarias. El incumplimiento de estas obligaciones puede llevar a sanciones económicas significativas, ya que la Agencia Tributaria tiene hasta cuatro años para revisar las declaraciones y reclamar posibles deudas.
Si un contribuyente no incluye en su declaración los ingresos recibidos durante el ejercicio fiscal, se enfrenta a una infracción tributaria. La sanción mínima puede ascender al 50% de la cantidad no declarada. Para evitar este tipo de problemas, si se presenta una declaración con datos erróneos, se puede presentar una declaración paralela a través de RentaWeb, eligiendo la opción de ‘Declaración complementaria’. Esta opción permite corregir errores con un recargo del 1% por cada mes de retraso, hasta un máximo del 15% si el retraso supera los 12 meses, además de los intereses de demora correspondientes.
En conclusión, es esencial que los contribuyentes que utilizan Bizum para sus transacciones financieras sean conscientes de sus responsabilidades fiscales para evitar sanciones y problemas con la Agencia Tributaria.
