El mito de la separación de bienes en herencias según María Cristina Clemente

La notaria María Cristina Clemente ha hecho saltar las alarmas al desmentir una creencia común entre las parejas que optan por el régimen de separación de bienes: el supuesto derecho a eludir responsabilidades en caso de herencia. Según Clemente, «si os habéis casado en separación de bienes porque así pensáis que no tenéis que dejaros nada en herencia, estáis muy equivocados».

El régimen de separación de bienes permite que cada cónyuge sea dueño y administrador de sus propios bienes, una opción que muchas parejas eligen para evitar conflictos futuros. Sin embargo, esta forma de matrimonio no libera a uno de los cónyuges de sus obligaciones en el momento de la herencia, como explica la notaria, quien cuenta con más de 50.000 seguidores en Instagram (@notariabuendia).

Derechos del cónyuge viudo según el Código Civil

En los territorios de derecho común bajo el amparo del Código Civil, el cónyuge viudo tiene derecho a una parte de la herencia en forma de usufructo. Esto significa que el viudo o viuda puede disfrutar de los bienes del fallecido, aunque la cuota del usufructo depende de la situación del cónyuge que ha fallecido. Es importante destacar que, una vez que el viudo fallece, este derecho se extingue automáticamente y los bienes pasan a ser de pleno dominio de los herederos.

Los herederos son los que finalmente legarán la propiedad de los bienes del matrimonio y tendrán que hacerse cargo del pago de los impuestos correspondientes en un plazo de seis meses.

Características del régimen de separación de bienes

Bajo un régimen de separación de bienes, cada cónyuge es propietario de lo que poseía antes de casarse y de lo que adquiere durante el matrimonio. Esto implica que la administración de los bienes es individual, así como la responsabilidad ante deudas. Esta opción, en parte, protege el patrimonio del otro cónyuge, pero no exime de la obligación de contribuir a los gastos del hogar.

En caso de divorcio, todos estos conceptos pueden ser objeto de compensación económica. A diferencia del régimen de gananciales, donde todos los beneficios generados se comparten al 50%, la separación de bienes permite a cada cónyuge mantener el control sobre sus activos individuales.

Es crucial entender que el régimen de separación de bienes es solo una de las opciones disponibles para las parejas. En caso de elección de otro régimen, como el de gananciales, la distribución de los bienes se realizará de forma equitativa, a menos que se acuerde lo contrario en las capitulaciones matrimoniales.

La información proporcionada por María Cristina Clemente es un recordatorio de que las decisiones financieras en un matrimonio deben ser tomadas con pleno conocimiento de las implicaciones legales. La falta de comprensión sobre estos temas puede llevar a sorpresas desagradables en momentos difíciles.