Si pagas con tarjeta, cuidado: Hacienda te vigilará si superas este monto en 2026

Persona sosteniendo varias tarjetas de crédito y débito mientras revisa sus pagos

Aunque hoy en día muchos optan por pagar con tarjeta y cada vez menos llevan dinero en efectivo, la entidad tributaria quiere llevar este control un paso más allá. A partir del próximo año, un nuevo marco legal va a afectar a quienes registren gastos anuales superiores a los 25.000 euros.

Este cambio surge en consonancia con la Ley 11/2021, relativa a medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y con la directiva europea que ordena una mayor transparencia financiera. El objetivo: frenar la economía sumergida, el blanqueo de capitales y la utilización de tarjetas para ocultar rentas. Un informe del Centre for Economic Policy Research (CEPR) estima que en España la economía informal representa aproximadamente el 24 % del PIB.

¿Qué entendemos por economía sumergida?

El término engloba múltiples situaciones: trabajos sin contrato, pagos “en negro”, negocios que no declaran la totalidad de sus ingresos, autónomos que facturan parcialmente sin documento oficial… y también actividades ilegales como el contrabando o la falsificación.

En cuanto a distribución territorial, las comunidades más afectadas —como Andalucía, Canarias, Extremadura y Murcia— registran cifras cercanas al 17 % de su PIB regional bajo el paraguas informal. Esta realidad impacta directamente en la recaudación tributaria, lo que repercute en la calidad de los servicios públicos como sanidad, educación o pensiones.

Control reforzado de los pagos con tarjeta

La fecha clave es el 1 de enero de 2026, cuando entrará en vigor el nuevo esquema de información para los contribuyentes que registren gastos en tarjetas superiores a 25.000 euros al año. No se prohíbe realizar estos pagos, pero a partir de entonces Agencia Tributaria los podrá vincular con la declaración de la renta, patrimonio y actividades económicas.

Los bancos y entidades financieras deberán remitir anualmente un informe con los siguientes datos:

  • Identificación del titular de la cuenta y de las personas autorizadas.
  • Números de tarjeta y cuentas vinculadas.
  • Volumen anual de abonos y cargos.
  • Importe total de los pagos realizados.

La medida se aplica tanto a tarjetas de crédito, débito, prepago o virtual, y cubre compras en establecimientos físicos y on-line. En ningún caso se detallará el motivo de la compra, solo los importes globales asociados a cada tarjeta.

Además, para autónomos y sociedades no se establece importe mínimo: cualquier gasto con tarjeta será objeto de dicha comunicación.

Ventajas, retos y preocupaciones

Entre los principales beneficios, destaca la reducción del fraude fiscal, mayor transparencia financiera y un mejor control de los flujos económicos ocultos. Sin embargo, también emergen voces críticas que alertan sobre posibles efectos adversos.

Por un lado, se apunta a la mayor carga administrativa que supondrá para las entidades bancarias; por otro, surgen dudas sobre la privacidad y la seguridad de los datos personales de los ciudadanos.