La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado martes admitir a trámite la solicitud de amparo presentada por la jueza de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, quien investiga la gestión de la dana en Valencia. Según fuentes jurídicas, la magistrada ha denunciado una “grave intromisión” por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) en el ejercicio de su función jurisdiccional, lo que ha motivado su petición de amparo ante el CGPJ.
El órgano de gobierno de los jueces ha dado un plazo de diez días al ICAV para que presente alegaciones en relación con esta situación. Los hechos que han llevado a esta controversia se remontan a unas semanas atrás, cuando el ICAV solicitó a la magistrada que cesara en lo que consideraron un “descrédito” hacia el abogado José María Bueno Manzanares, quien defiende a Emilio Argüeso, ex secretario autonómico de Emergencias, actualmente investigado en el caso.
La controversia entre la jueza y el ICAV
El abogado Bueno Manzanares había acudido al ICAV en busca de apoyo tras la decisión de la instructora de abrir una pieza separada que busca determinar la procedencia de sancionarle. Esta sanción se basa en un escrito donde el abogado lanzaba graves insinuaciones sobre Nuria Ruiz y su marido, Jorge Martínez Ribera, titular del Juzgado de Instrucción 4 de Valencia. La jueza también reveló que un abogado grabó “subrepticiamente” a su familia en la sala de vistas, lo que añade una capa de complejidad a esta situación.
Además, el ICAV ha concedido amparo a la letrada Pilar Esquinas, quien ejercía la acusación particular en el caso de Yolanda Garrido Rosa, que el 29 de octubre de 2024 perdió a su hermano, su cuñada y su sobrino de cuatro años. La jueza, en un auto, expulsó a Esquinas, señalando que había sido amenazada por Garrido durante una manifestación en Madrid. Ruiz también criticó la amplificación de bulos por parte de Garrido y su abogada, ambas vinculadas al mundo conspiranoico.
Implicaciones legales y éticas
La magistrada argumentó en su escrito al CGPJ que las acciones del ICAV suponen una “grave intromisión en el ejercicio de la función jurisdiccional”. En sus alegaciones, destacó que el ICAV realiza valoraciones sobre cuestiones que están sometidas al control jurisdiccional, lo que podría considerarse un “manifiesto abuso de derecho y un claro fraude procesal”. Según la ley del Poder Judicial, en su artículo 14, los jueces que se sientan “inquietados o perturbados en su independencia” deben informar al CGPJ, aunque tienen la facultad de practicar las diligencias necesarias para asegurar la justicia y restaurar el orden jurídico.
Este caso pone de relieve las tensiones existentes entre el ejercicio de la función judicial y las presiones externas a las que pueden estar sometidos los jueces en el desempeño de su labor. La resolución del CGPJ y las alegaciones del ICAV serán claves para entender cómo se resolverá esta controversia que afecta tanto a la independencia judicial como a la reputación de los profesionales del derecho involucrados.
