El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado una resolución que vuelve a poner el foco en la precariedad de las empleadas del hogar en España. Una familia ha sido condenada a pagar 7.000 euros a la trabajadora que tenían contratada como interna después de despedirla cuando esta tuvo que ausentarse para someterse a una operación de apendicitis.
La mujer, de origen guatemalteco y sin permiso de residencia ni de trabajo, llevaba empleada en el domicilio desde diciembre de 2022 hasta octubre de 2024. Durante todo ese tiempo, trabajó en régimen interno y sin estar dada de alta en la Seguridad Social, una situación todavía frecuente en el sector doméstico pese a los avances legislativos.
Un despido fulminante tras la operación
Según los hechos probados recogidos en la sentencia, la trabajadora informó a la familia de su intervención quirúrgica y de la necesidad de reposo tras la operación. Pocos días después, recibió un mensaje de WhatsApp que ponía fin a la relación laboral con argumentos que el tribunal considera absolutamente injustificados.
En ese mensaje, la empleadora afirmaba que no podía “tener a su madre dando vueltas” ni “esperar más”, y que esa era la única solución. La trabajadora intentó explicar que había enfermado de manera imprevista, pero la respuesta fue tajante.
tUna situación laboral marcada por la vulnerabilidad
El caso llegó a los tribunales impulsado por el Sindicato de Trabajadoras del Hogar de Bizkaia, que denunció las condiciones precarias en las que la mujer desempeñaba sus funciones: ausencia de contrato formal, falta de alta en la Seguridad Social y una relación de dependencia total al trabajar como interna.
El Juzgado de lo Social nº12 de Bilbao declaró inicialmente el despido nulo y obligó a la familia a pagar 2.751,12 euros por la indemnización básica, además de 5.655 euros correspondientes a los salarios de tramitación. Sin embargo, la magistratura rechazó en primera instancia reconocer un daño moral adicional.
El TSJPV sí reconoce daño moral: indemnización total de 7.000 euros
La trabajadora recurrió, y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le dio la razón. Según el tribunal, el despido vulneró su derecho fundamental a la integridad física y moral, puesto que estuvo directamente motivado por una situación médica inesperada y acreditada.
Por ello, el TSJPV elevó la compensación hasta los 7.000 euros reclamados, reiterando que despedir a una trabajadora por enfermar supone un ataque grave a sus derechos esenciales.
La sentencia incluye un voto particular de una magistrada que consideraba excesiva la cuantía al tratarse de un empleador particular y no de una empresa, pero la mayoría de la Sala avaló el importe solicitado por la demandante.
Un caso que expone una realidad silenciosa
El empleo doméstico sigue siendo uno de los sectores más vulnerables del mercado laboral español. La falta de control, la informalidad, las jornadas excesivas y la ausencia de derechos plenos hacen que situaciones como esta continúen repitiéndose.
Colectivos y sindicatos recuerdan que muchas internas dependen completamente de sus empleadores para vivienda, manutención y estabilidad económica, lo que aumenta el riesgo de abusos y dificulta denunciar irregularidades.
Una sentencia que sienta precedente
La resolución del TSJPV supone un paso más hacia la protección efectiva del empleo doméstico y abre la puerta a futuros litigios en casos similares. También subraya la obligación de las familias de cumplir con la legislación laboral, independientemente de que no sean empresas.
Para organizaciones sociales, este fallo manda un mensaje claro: la enfermedad de una trabajadora no puede ser motivo de despido, y la vulneración de derechos debe ser reparada.

